Fuente:Iustel diario del derecho
10 de diciembre de 2011
La Jurisdicción Social no tiene competencia para resolver la procedencia o no de la decisión empresarial de rescindir los contratos de arrendamiento de servicios
La Jurisdicción Social no tiene competencia para resolver la procedencia o no de la decisión empresarial de rescindir los contratos de arrendamiento de servicios.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario